El Gobierno promulgó la ley de Presupuestos Mínimos para la Protección de los Glaciares y del Ambiente Periglacial a través del Boletín Oficial bajo el número 27.804. La norma reduce las superficies bajo resguardo ambiental y habilita la actividad minera en lugares que antes eran protegidos.
La medida se promulgó a través del Decreto 271/2026 publicado en el Boletín Oficial. En la Cámara baja se votó y obtuvo 137 votos positivos, 111 negativos y 3 abstenciones. Mientras que, en el Senado el recuento final dio 40 votos a favor, 31 en contra y 1 abstención.
La nueva ley indica que “con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas a fin de que puedan ser destinados para el consumo humano, para la agricultura, para la protección de la biodiversidad, como fuente de información científica y como atractivo turístico” se establecen presupuestos mínimos para la protección de los glaciares.
En la parte de “actividades prohibidas” indican que “en los glaciares y en el ambiente periglacial identificados por la autoridad competente de la jurisdicción respectiva queda prohibida la liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen; la construcción de obras de arquitectura o infraestructura con excepción de aquellas necesarias para investigación científica y las prevenciones de riesgos y la instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales”.
Solo estarán estrictamente resguardados los glaciares y geoformas periglaciares que cumplan una función hídrica comprobada. Las provincias tendrán un rol determinante porque quedarán faculados para evaluar y definir qué zonas deben ser protegidas y cuáles pueden destinarse a actividades económicas.
Se mantiene el registro nacional a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales, aunque su rol queda acotado.
Uno de los puntos vitales es que todas las actividades deberán contar con evaluación del impacto ambiental previa con evaluaciones estratégicas.