Además del fuerte salto en el básico mensual, las organizaciones sindicales consiguieron torcer el brazo de las empresas al acordar el pago de una suma retroactiva correspondiente a los meses de mayo y junio de 2026. Este adicional de carácter compensatorio se liquidará en su totalidad junto con los haberes del mes de junio.
Desde la conducción de la Federación Aceitera recalcaron que este número no es caprichoso sino que se fundamenta en el derecho constitucional a un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), según lo establecido explícitamente en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y el artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo.
"Defendimos la premisa de que el salario debe asegurar la satisfacción de las nueve necesidades esenciales que dictamina la ley para un trabajador sin carga de familia", explicaron fuentes sindicales tras la firma. Estas necesidades contemplan una alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y previsión. Bajo esa bandera jurídica y social, los sindicatos resistieron las ofertas iniciales que se posicionaban sustancialmente por debajo de la inflación proyectada.