El abogado también se refirió al segundo requerimiento de elevación a juicio mencionado por el fiscal Soto, correspondiente a una causa que fue desglosada del expediente principal y que está vinculada con el período en el que Ojeda habría ejercido en el Hospital de Pampa del Infierno.
En ese sentido, Fontanetto cuestionó la decisión de tramitar ese hecho en un expediente separado. Según sostuvo, la acusación vinculada con el ejercicio ilegal de la medicina y la usurpación de títulos debería analizarse dentro del conjunto de hechos investigados y no como hechos independientes en función de cada establecimiento donde la imputada habría desarrollado actividades.
La defensa considera que "es un delito de tipo continuado, por eso no se puede concursar realmente cada uno de los hechos". En ese sentido, agregó que "el ejercicio ilegal de la medicina, una de las características que tiene es la habitualidad, entonces, precisamente, como el tipo penal del ejercicio ilegal requiere de la habitualidad, es decir, una cierta permanencia en el tiempo, no es coherente ni es legítimo imputar cada hecho individualmente, en cada uno de los lugares donde trabajó, o en cada localidad, o a cada persona a la que atendió, precisamente porque es un delito de tipo continuado", aclaró.