En relación con la circulación del material, la Fiscalía instó especialmente a no reproducir, reenviar, almacenar, publicar ni compartir imágenes o videos de contenido sexual que involucren a personas menores de edad, ya que este tipo de conductas puede generar responsabilidad penal en los términos del artículo 128 del Código Penal.
Desde el organismo judicial también advirtieron sobre las consecuencias que tiene la circulación de este tipo de material. Una vez que una imagen o video comienza a difundirse, resulta muy difícil detener su propagación debido a la rapidez de los reenvíos, la realización de copias y capturas, las descargas en distintos dispositivos y la posibilidad de que vuelva a ser publicado desde otras cuentas o plataformas.