Por mayoría conformada por los doctores Hornos y Barroetaveña, la Cámara de Casación rechazó el recurso presentado por la defensa de Cristina Kirchner. Ambos jueces confirmaron las restricciones impuestas a la expresidenta para recibir visitas, por lo que se convalidó la obligación de solicitar autorización previa y motivada al tribunal de ejecución para aquellas personas ajenas a su círculo íntimo que deseen ir a verla.
Borinsky, por su parte, consideró que correspondía revocar dichas restricciones, ya que la medida no se encuentra prevista en ninguna norma y, por lo tanto, "el tribunal oral se extralimitó al dictarla, vulnerándose así los artículos 18 y 19 de la Constitución".
También con el voto mayoritario de Hornos y Barroetaveña se decidió que Cristina deberá seguir con la tobillera electrónica, mientras que Borinsky propició la extracción del dispositivo por considerarlo innecesario y superfluo a los fines de controlar la ejecución de la pena.
En ese sentido, indicó que se trata de una persona de público conocimiento, que estuvo siempre a derecho y que cuenta con custodia policial permanente. Agregó que esta última medida de protección, al ser más restrictiva que la tobillera, resultaba suficientemente idónea para permitir un control efectivo sobre el cumplimiento de la pena.