Esta eliminación definitiva de vacantes plantea un interrogante crítico sobre la capacidad operativa de Parques Nacionales. Si bien la resolución excluye explícitamente al personal que "revista en el CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES", el recorte impacta de lleno en los equipos técnicos, brigadistas de incendios con estabilidad y personal administrativo que garantiza la logística, la gestión territorial y la respuesta ante emergencias. En una institución cuya misión fundamental es la "protección y conservación de los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales", la pérdida de personal especializado de apoyo podría traducirse en una parálisis operativa, especialmente tras temporadas recientes marcadas por la virulencia de los incendios forestales que exigieron al máximo la infraestructura del organismo.
La normativa establece incentivos económicos que varían según la edad. Para agentes de hasta 60 años, la gratificación será del 90% de la remuneración bruta por cada año de antigüedad, mientras que para mayores de 61 años bajará al 85%. Además, el sistema impone una "Prohibición de Reingreso" por el término de cinco años a cualquier ámbito del Sector Público Nacional, blindando la posibilidad de que el personal capacitado regrese a sus funciones en el corto plazo.
Pese a que la resolución fundamenta la medida en razones de "eficacia", la propia normativa reconoce que la concesión del retiro es una "facultad exclusiva y discrecional" de la APN, que podrá rechazar solicitudes basándose en "razones de servicio, criticidad del área, necesidades operativas y/o su incidencia en el normal funcionamiento del Organismo". Esta cláusula deja en evidencia que el propio Gobierno es consciente del riesgo que implica el desguace de ciertas áreas clave, en un contexto donde la reducción de la presencia estatal en el territorio parece ser el único norte de la política oficial.